El pasado 5 de enero el gobierno de Joe Biden anunció la extensión del parole humanitario que en principio fue hecho para venezolanos y que luego se destinó a migrantes provenientes de Haití, Nicaragua y Cuba. La condición más importante para ser elegible es contar con un patrocinante.
Son 30 mil plazas mensuales a las que podrán optar los migrantes de esas cuatro nacionalidades para tener la posibilidad de ingresar legalmente a Estados Unidos y contar con permiso para trabajar.
El nuevo programa despertó suspicacia entre los estados dirigidos por republicanos, tanto así que 20 de ellos se unieron para demandar a la administración de Biden y pedir que sea detenido. Sin embargo, este avanza.
La figura del patrocinante ha generado muchas interrogantes, tanto para los que quieren migrar, como para los que desean brindar su apoyo para ayudar a alguien a entrar al país.
A continuación, las preguntas más frecuentes con respecto a la figura del patrocinante dentro del nuevo programa de Biden.
¿Puedo patrocinar si tengo un caso migratorio pendiente en EEUU?
La respuesta de los Servicios de Ciudadanía e Inmigración de los Estados Unidos (USCIS por sus siglas en inglés) para este caso es que no se puede, y esto se debe a que si la persona que quiere patrocinar tiene un caso de migración pendiente, como una solicitud de asilo o de TPS y además no tiene estatus legal en EEUU, no es elegible para asumir esta responsabilidad.
Para ser patrocinante una persona que representa a una entidad tiene que ser ciudadano estadounidense, nacional o residente permanente legal, tener un estatus legal en los Estados Unidos como TPS inicial o asilo; contar con libertad condicional o recibir acción diferida.
También tiene que aprobar la verificación de antecedentes y seguridad, incluso para la seguridad pública, la seguridad nacional, la trata de personas y las preocupaciones de explotación.
Demostrar suficientes recursos financieros para recibir, mantener y apoyar a la persona a la que aceptan apoyar durante la duración de su período de libertad condicional (dos años).
Si tengo un TPS inicial y estoy esperando que el USCIS me apruebe la renovación de mi documento, ¿puedo patrocinar?
Sí se puede. Si tiene el TPS inicial y su reinscripción está pendiente, es elegible para ser patrocinante.
¿Solo puedo patrocinar si soy familiar del beneficiario?
No. Cualquier persona que cumpla con los requisitos para convertirse en patrocinador y sea confirmada por el USCIS conforme a los procesos, puede apoyar a los beneficiarios elegibles o a sus familiares directos, sin importar si el patrocinador está relacionado con el migrante.
Y, ¿las organizaciones?
Aunque es necesario que una persona presente y firme el Formulario I-134A, puede hacerlo en asociación o en nombre de una organización, empresa u otra entidad que brindará parte o todo el apoyo requerido por el beneficiario.
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Los partidarios individuales que presenten una solicitud con o en nombre de una entidad deben presentar evidencia del compromiso de la entidad de apoyar al beneficiario cuando presenten el Formulario I-134A.
Esto se puede demostrar a través de una carta de compromiso u otra documentación de un funcionario u otro representante autorizado de la organización, empresa u otra entidad que describa el apoyo monetario o de otro tipo (como vivienda, necesidades básicas, transporte, etc.) la entidad proporcionará al beneficiario específico (consulte el Manual de políticas de USCIS para obtener más información).
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Las personas que presentan una declaración en asociación con una entidad no necesitan presentar su información financiera personal, si el nivel de apoyo demostrado por la entidad es suficiente para respaldar al beneficiario.
¿Un migrante puede tener varios patrocinantes?
Varias personas pueden aliarse para apoyar a un beneficiario. En este caso, un patrocinador debe presentar el Formulario I-134A e incluir evidencia complementaria que demuestre la identidad y los recursos que generarán los patrocinadores adcicionales. Además deberán adjuntar una declaración que explique la intención de compartir la responsabilidad para apoyar al beneficiario. La capacidad de estos patrocinantes será evaluada colectivamente.
¿Un patrocinante puede presentar un solo formulario I-134A para mantener a una familia de cuatro?
No. Los patrocinantes deben presentar un Formulario I-134A por separado para cada beneficiario, incluidos los niños menores.
En el caso de las personas menores de 18 años, deben viajar a Estados Unidos bajo el cuidado y custodia legal de sus padres o tutores legales.
¿Un patrocinante puede brindar apoyo a más de un migrante?
Sí. Una persona puede presentar un Formulario I-134A por separado para cada beneficiario a quien la persona quiera aceptar apoyar.
Aunque no se ha establecido un límite sobre cuántos beneficiarios puede aceptar apoyar un partidario, el USCIS determinará si un patrocinante tiene la capacidad financiera para apoyar a todos los beneficiarios durante el período de libertad condicional, que es de hasta dos años.
Si soy ciudadano estadounidense, pero vivo en el extranjero, ¿puedo patrocinar?
La persona que desee ser elegido como patrocinante debe vivir en los Estados Unidos.