El congreso colombiano aprobó recientemente en primer debate el proyecto de Ley para regular las criptomonedas en el país. BeInCrypto habló sobre el tema con su principal ponente, y con algunos de los principales actores del mundo cripto en Colombia.
El pasado martes 7 de junio fue aprobado en primer debate el proyecto de Ley que propone la regulación de los Servicios de Intercambio de Criptoactivos ofrecidos a través de las Plataformas de Intercambio de Criptoactivos.
Este Proyecto de Ley busca legalizar la actividad cripto en Colombia, a nivel empresarial y buscará brindar más seguridad a los clientes y holders para la hora de comprar y vender criptomonedas, debido a que Colombia es uno de los países de Latinoamérica con mayor adopción.
Actualmente las criptomonedas no tienen un marco regulatorio en Colombia, pero se han dado pasos agigantados en el tema, debido a que diferentes entidades, como la Superintendencia de Sociedades, han expedido algunas circulares y documentos para establecer unas primeras reglas de juego de las criptomonedas en el país.
La aprobación en primer debate del proyecto de Ley de criptomonedas, no solo ampliará el espectro regulatorio, sino que además, establecería que todos los operadores se constituyan como sociedad comercial o franquicia de una sociedad extranjera, así como un Registro Único de Plataformas de Intercambio de Criptoactivos.
“El Registro Único de Plataformas de Intercambio de Criptoactivos (RUPIC) tiene por objeto inscribir a los prestadores de servicios de plataformas de intercambio de Criptoactivos y a todas las PIC que presten los servicios establecidos en el artículo 2 de la presente ley”
Entre los principales puntos que trata este proyecto de Ley que regularía las criptomonedas en Colombia también se encuentran la necesidad de que los usuarios conozcan riesgos, beneficios y ganancias de esta economía digital; la posibilidad de que los bancos permitan conexión entre monederos virtuales y cuentas bancarias en pesos; y un tema de seguridad importante, garantizando que no se puedan crear pirámides o dar lugar a estafas que dicen usar criptomonedas.
Un pequeño paso para la aprobación de la legislación cripto
Mauricio Toro, representante a la Cámara en Colombia, presentó su proyecto en el Congreso de la República, y celebró este primer triunfo asegurando a BeInCrypto que aun queda un camino importante por recorrer.
“Es una muy buena noticia que haya sido aprobado el primero de cuatro debates de nuestro proyecto de ley de regulación de las casas de cambio de criptoactivos. En la próxima legislatura se deben dar tres debates restantes. El proyecto no había sido debatido por bloqueo del Gobierno Nacional, pero esta vez, el ponente Rodrigo rojas valientemente lo sometió a votación”
Toro ha sido un precursor de la importancia de reglamentar el uso de criptoactivos en Colombia, debido al rápido crecimiento y adopción que ha tenido esta tecnología en el país.
“Hoy Colombia tiene que avanzar en reglamentar este negocio que es legal, que es millonario, para que se creen empleos y oportunidades, pero también para que brinde tranquilidad a los colombianos que puedan comprar sus activos de una manera segura. Además, evitaremos que personas caigan en pirámides que los puedan estafar”.
Para el congresista del Partido Verde, regular es la única garantía que tienen los colombianos para que haya un entorno amigable en el desarrollo de la actividad y la protección de las distintas partes que actúan en el mercado de criptos.
“He radicado dos veces mi proyecto de ley de criptoactivos buscando permitir y reglamentar las exchanges, que hoy en dìa no pueden operar en Colombia por un mal entendimiento de la Superintendencia financiera y del sistema bancario. Sin embargo, debido a la negligencia del actual gobierno de Ivan Duque no se ha avanzado en la materia.
¿Qué opinan los sectores involucrados?
Aunque todavía queda un largo camino por recorrer, y dependerá de la próxima legislatura la aprobación total de este proyecto de Ley, algunos de los protagonistas del mundo cripto en Colombia ven con ojos positivos este avance.
Ese es el caso de Mauricio Tovar, CEO de TRU y representante de Colombia ante la Alianza Blockchain Iberoamerica, quien le contó a BeInCrypto que este pequeño paso es una buena noticia, especialmente para los usuarios.
“Creo que la aprobación en primer debate del proyecto de Ley es una muy buena noticia. Evidentemente falta camino, pero si se llega a concretar, los usuarios van a tener unos servicios con unas reglas absolutamente claras de cómo operar en el mercado colombiano”
Según Tovar, la ausencia de una regulación clara en la actualidad desencadena escenarios negativos, como por ejemplo, la preferencia de muchos usuarios por irse a mercados negros.
“No hay una regulación y no hay una buena oferta de servicios de exchanges de criptomonedas, a tal punto que en este momento no quedan colombianos sino que todos los que están operando son internacionales”
Para el representante de Colombia ante la alianza Blockchain Iberoamerica, la aprobación de este proyecto de Ley también podría motivar a los colombianos a iniciar sus emprendimientos en este campo.
“Creo que también puede fomentar el emprendimiento local, para que nuevos exchanges nazcan cumpliendo con estas normativas, y también pueda traer incluso la inversión de nuevas compañías adicionales, al ver las reglas claras en Colombia a través de estas reglamentaciones”
Mauricio Tovar concluyó comentando que es importante que exista una claridad regulatoria, debido a que, en los últimos años, ha sido evidente que la regulación ha sido restrictiva, y prueba de ello es que ya no quedan exchanges colombianos.
“Esto que pasa en este proyecto de ley sería muy bueno para el ecosistema cripto, muy bueno para los usuarios, incluso creo que sería bueno para el sistema financiero, porque puede encontrar unos aliados para mirar oportunidades hacia el futuro, con criptomonedas que tienen que cumplir ciertos requisistos como se plantea en el proyecto de ley”.
Por otro lado, BeInCrypto habló con Alejandro Beltrán, Country Manager de Buda.com, quien se mostró optimista frente a este Proyecto de Ley, que tiene un contexto desde 2018, con la primera iniciativa que presentó Mauricio Toro para regular la actividad principalmente de las plataformas de intercambio de criptomonedas.
“En mi opinión, hay puntos que son interesantes de tratar dentro de este Proyecto de Ley: el registro único de intercambio de criptoactivos, y la implementación de métricas de gestión y prevención de riesgos asociados no solo a los temas de lavado de activos y financiación del terrorismo, sino también prevención de delitos en general, seguridad informática y ciberseguridad”
Beltrán comentó que algunos de estos lineamientos ya existen en Colombia, a partir de circulares externas de entidades como la Superintendencia de Sociedades, y han permitido regular asuntos relacionados con la gestión de riesgos.
“Si bien es un logro bien importante que el Proyecto de Ley haya sido aprobado en su primer debate, tendremos que ver qué pasará en los siguientes tres debates, ya que estamos contra el tiempo frente al cambio de legislatura el 20 de julio.
Es importante saber quién le va a dar continuidad a este proyecto en los siguientes debates. Por ahora, nos mantenemos a la expectativa de qué es lo que puede pasar con esta iniciativa”
El ejecutivo también indicó que, aunque esta aprobación es de gran importancia, no considera que deba existir una regulación directamente.
“Yo no considero que debería existir una regulación directamente, entendiendo que al ser una innovación y una tecnología la regulación como tal de la tecnología resulta ser peligrosa. Lo que si es cierto es que de alguna forma las entidades públicas deben dar claridad ante la ambigüedad que han transmitido, incluso frente a las cartas circulares que la Superfinanciera va a expedir próximamente frente al tema de criptoactivos.
Es necesario tener unas pautas claras frente a la operación de la industria y cómo esta se relaciona al sistema financiero tradicional”
Para Alejandro Beltrán, más que la existencia de una regulación, se deberían plantear unas condiciones mínimas para la adopción y el conocimiento de la tecnología en Colombia, pues todavía se sigue explorando y hay muchos de los entes de control que no conocen cómo funciona ni cómo se gestiona el riesgo alrededor de los criptoactivos.
“Yo creo que debe haber más que regulación, unos procesos de acercamiento entre entidades públicas y privadas, para generar políticas de fomento y desarrollo responsable en materias de educación relacionada con criptomonedas.
Deben existir unas reglas de juego y una claridad juridica frente al funcionamiento de esta tecnología, y obviamente una transforme del discurso del ente público, transformando su posición resistente a una posición proactiva”
Con lo anterior, Beltrán aseguró que se debe reconocer la existencia de una industria que cada vez crece mucho más y que tiene servicios financieros dignos de la era digital, capaces de funcionar dentro del sistema financiero tradicional.
Frente a la posición de Buda.com, el country manager para Colombia comentó que para la empresa sería muy importante crear o generar reglas de juego claras, para poder acercarse al sistema financiero tradicional y acceder a los servicios tradicionales.
“Creo que de alguna forma estos puntos y requerimientos mínimos nos permitirían tener garantías plenas de la apertura de estos productos financieros para poder desarrollar nuestro negocio. Entonces, en el caso de Buda.com, la claridad jurídica es algo muy importante más allá de la regulación, pues va más alla del interes de implementar unas leyes.
Actualmente ya existen disposiciones normativas que aplican a las plataformas de intercambio de criptomonedas y a la industria en general, entonces queremos más que todo claridad jurídica para garantizar nuestra operación en el país y formalizarnos”
Autonomía de negociación y información sobre riesgos
Entre los principales puntos que toca este Proyecto de Ley se encuentra la autonomía de negociación, que determina que los criptoactivos son negociables directamente por sus propietarios.
“El funcionamiento de los distintos criptoactivos, sus reglas, valores y demás aspectos propios de los criptoactivos no son parte del alcance y objetivos de la presente Ley, y pertenecen al ámbito privado de los usuarios, que basándose en principios de libre mercado y de libre competencia, deben procurar por informarse de los riesgos inherentes a la negociación con activos de cualquier clase”
Aunque exista dicha autonomía, el proyecto propone la existencia de unos requisitos para que los prestadores de servicios de intercambio de criptoactivos puedan operar de forma legal en el país. Dichas condiciones son:
- Estar constituido como sociedad comercial domiciliada en el territorio nacional o como sucursal de una sociedad extranjera, y estar debidamente inscrito en el registro mercantil.
- Contemplar como objeto social exclusivo la realización de las actividades calificadas como Servicios de Intercambio de Criptoactivos.
- Establecer y mantener un programa de seguridad informática que asegure la disponibilidad y funcionalidad de sus sistemas informáticos, protegiendo dichos sistemas y toda información almacenada en los mismos, del acceso, uso y manipulación no autorizado, lo anterior de conformidad a las instrucciones que para el efecto imparta el Ministerio de Tecnologías de las Información y las Comunicaciones.
- Adoptar medidas de control orientadas a detectar y prevenir el lavado de activos y la financiación del terrorismo, de conformidad con el artículo 8 de la presente Ley.
- Registrarse en el RUPIC ante la Cámara de Comercio de su domicilio principal indicando la(s) PIC de la que es titular, el dominio web y la información que determine el Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones.
- Reportar a la Unidad de Información y Análisis Financiero la información que de manera general o particular le sea requerida, en los términos de la Ley 526 de 1999, y aquellas que le modifiquen, y deberán reportar las operaciones inusuales o sospechosas.
- Dar cumplimiento a las normas de protección de datos personales contenidos en la Ley 1581 de 2012 y disposiciones complementarias.
- Implementar medidas de Conocimiento del Cliente y de Debida Diligencia de Cliente.
- Contar con un Manual de Operaciones para el funcionamiento de las PIC que administre, aprobado por el Ministerio de Tecnologías de la Información y Comunicaciones.
Por otro lado, el Proyecto de Ley aprobado en primer debate, deja en firme la necesidad de que exista una información detallada sobre los riesgos que supone invertir en esta tecnología, para dar mayor claridad a los colombianos.
Según el texto, los prestadores de servicios de plataformas de intercambio de criptoactivos, al momento de establecer relación contractual con los consumidores, deben revelar en forma clara y escrita, en idioma español, todos los riesgos materiales asociados con sus servicios y con los criptoactivos en general.
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