Los activos digitales cada día suman nuevos usuarios. Pero al ser una inversión relativamente nueva, la sucesión es un tema complejo
¿Qué ocurre cuando el propietario de un criptoactivo (criptomoneda, NFT, etc.) muere? Esta pregunta preocupó a muchos expertos en los últimos tiempos por los vacíos legales y los “grises” que produce esta tecnología relativamente nueva.
Hay una respuesta que genera consenso en la mayoría de los especialistas en diferentes partes del mundo: pueden ser dejadas como herencia porque formaron parte del patrimonio de la persona que perdió la vida.
Pero este dinero virtual está fuera del control de las entidades bancarias, lo que puede producir un problema para encontrarlo.
Bitcoin es una tecnología nueva. Recién en 2008, Satoshi Nakamoto habló del protocolo de código abierto y comenzó a minar monedas.
Blockchain, la tecnología que cuida la seguridad de los criptoactivos
Las monedas digitales, gracias a la tecnología blockchain, tienen la capacidad de ser de difícil acceso para alguien que no sea el dueño de ellas.
Por tal motivo, lo primero que se debe hacer hacer es informar a los sucesores dónde están las criptomonedas.
El abogado Charles Kolstad, socio del estudio Withers, plantea en diálogo con la agencia de noticias AFP que el desafío es “conseguir que te digan todo el cripto que tienen y dónde está guardado”.
“¿En qué billetera está? ¿Es una billetera caliente? ¿Una billetera fría? ¿Está en una bolsa? ¿Hay varias bolsas?”, se preguntó el especialista.
Y si no hay confianza suficiente, la manera más sencilla de hacerlo es mediante un testamento en el que se ponga la ubicación y contraseña para obtenerlas.
Qué impuestos pagan las criptomonedas
Aquellas personas físicas (humanas) que sean usuarios de criptomonedas, es decir, que operen, inviertan o realicen cualquier otra transacción, no estarán alcanzadas por el Impuesto al Valor Agregado de AFIP.
Esto es así debido a que, según la Ley de IVA y a las normativas, los elementos objetivos del impuesto son la venta de cosas muebles, las obras y las locaciones o prestaciones de servicios.
Las operaciones con criptomonedas no se encuadran en ninguna de estas categorías reglamentadas.
Lo mismo sucede con el Monotributo reglamentado por la AFIP. Al respecto, las transacciones con criptomonedas no pertenecen a ninguna de las actividades económicas alcanzadas por este impuesto: venta de cosas muebles, locaciones y/o prestaciones de servicios.
Sin embargo, las comisiones generadas por la compra o venta de criptomonedas sí están alcanzadas en el IVA reglamentado por la AFIP. Por lo tanto, si una persona humana cobra una comisión generada por una operación de moneda digital, en ese caso sí estará alcanzada por el Impuesto al Valor Agregado.
Quien herede las criptomonedas debe saber que estos activos digitales pagan impuestos
Qué pasa con el Impuesto a las Ganancias
Para el caso del Impuesto a las Ganancias reglamentado por la AFIP, los usuarios (personas humanas) que realicen operaciones con criptomonedas y obtengan una ganancia vinculada a la diferencia entre la compra y la venta, sí estarán alcanzados por el Impuesto.
En el caso de que la operación con criptomonedas tenga lugar en el país, se considerará renta de fuente argentina. Si, en cambio, la plataforma no está radicada en el territorio nacional, será renta de fuente extranjera para la AFIP.