Con la Ley de Insolvencias “ley de quiebras” los agentes económicos tendrán la certeza de regular y agilizar muchos procesos establecidos en el Código de Comercio, así que ya era necesario contar con un instrumento de esa naturaleza, aseguran varios expertos en el tema.
Óscar Chile Monroy, consultor tributario, dice que esta tiene alcance para las personas individuales, pero también para cualquier tipo de empresa, ya sea de propiedad individual o jurídica, pero beneficia a negocios de cualquier tamaño, pues cuando se presenten problemas de insolvencia financiera, la ley define los procedimientos para llegar a una reactivación y los lineamientos respectivos.
En comparación con la normativa vigente, esta ley fija un procedimiento, en el sentido de salir de una mala situación, con la cooperación de los acreedores, y poder reactivarse.
“Eso sí, el beneficio será para los que entren en insolvencia, pero solo y cuando se haga ante juez competente. Y el marco legal contiene y presenta un plan de regulación de los créditos, así como el camino para que la empresa pueda continuar con su actividad económica en un periodo de seis meses”, explicó.
Primeros hallazgos
El abogado Alfredo Skinner-Klée, vicepresidente de la Cámara de Comercio de Guatemala (CCG), comentó que se trata de un esfuerzo por tratar de regular lo que hacía mucha falta en el Código de Comercio, que ya regulaba los procesos, pero eran “muy dramáticos”, y lo que se está proponiendo en ley para los comerciantes y empresarios es una salida que viabilice la continuación de las operaciones empresariales luego de una crisis financiera.
No obstante, destacó algunos hallazgos en la versión aprobada, y es que la ley se quedó corta en tutelar a las empresas. “Por ejemplo, en EE. UU., se protege la fuente de empleo y de empresarialidad, frente a sus insolvencias y se apoya la reorganización, para poder salir adelante”.
Además, señaló que se establece un ente administrador concursal, de manera que el proceso se volverá burocrático, aparte de que, al ser regido por el Ministerio de Economía (Mineco), se despoja al empresario de su empresa, pues sus bienes pasan a manos de un administrador.
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Aclaró que eso no necesariamente se traduce en tutela de la empresarialidad, sino en tutela a favor del acreedor, incluyendo el pasivo laboral.
Otra observación es sobre un articulado demasiado complicado para un pequeño comerciante, a quien le urge en caso de insolvencia, pero no le convendrá que alguien designado por el Mineco disponga de sus bienes, por lo que no le resultará atractivo este tipo de salidas.
“Pasa lo contrario con un empresario grande a quien le interesa salir adelante a pesar de un ocurso de quiebra, así que faltó enfoque hacia el pequeño comerciante, pero todo es perfectible”.
Ventajas
Chile Monroy expone que en la normativa no existe una desventaja especifica. “Lo que sucede hoy cuando una empresa entra en insolvencia es que no hay un procedimiento a seguir, a pesar de que a deudores y acreedores les interesa solucionar el problema. Ahora, la ley contiene la posibilidad de venta de la empresa cuando esté insolvente y eso no existía”.
A su juicio, otra ventaja es que la masa activa del concurso (que son todos los bienes y derechos de la empresa insolvente), queda exenta de toda clase de impuestos, y el adquiriente de esa empresa, previa autorización de juez también está libre de impuestos.
“También se puede presentar que las empresas grandes que tengan capital suficiente, al notar que hay insolvencia en micros y pequeñas empresas puedan participar en las licitaciones respectivas, para comprarlas y eso puede volverse un negocio de inversionistas fuertes”. La ley establece que cuando sea el caso, se entrará a una puja, con un valor base.
Skinner-Klée, señala que una de las preocupaciones es que el administrador del concurso (así se le llamará al proceso de insolvencia) gozará de facultades en una junta directiva y podrá administrar la empresa hasta su liquidación a favor de los acreedores.
En ese sentido, insistió en que una gran empresa que tiene bienes por liquidar puede salir adelante, pero no sucederá lo mismo con una persona no tiene bienes y debe mucho
Importancia de conocerla
Ambos consultados afirmaron que para los agentes económicos es necesario conocer el contenido de la ley, ya que después de publicado en el Diario de Centro América, correrá un plazo de seis meses para conocerse, y luego se tendrán que elaborar los reglamentos.
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También habrá espacios de contratación para contadores públicos y auditores, administradores, abogados y economistas. Por otro lado, en cinco años se deben crear los juzgados especializados en materia de insolvencia.
La posición del Mineco
El Mineco emitió un comunicado en el que expone que las empresas y personas individuales que enfrentan problemas financieros tendrán la opción poder sanear sus economías, se mantendrá una gran cantidad de empleos y se reducirán los riesgos para el sector financiero.
Esto, al tener la posibilidad de visualizar un proceso de recuperación y los mecanismos elegidos para llevarlo a cabo.
“Los beneficios de la Ley se pueden observar para deudores y acreedores. Los primeros tienen mayor posibilidad de limpiar su récord crediticio a través de este mecanismo, pues con anterioridad las empresas o personas con problemas financieros podían pasar hasta una década para borrar este registro negativo y empezar de nuevo”, señala el comunicado.